El Supremo cierra la puerta a incrementar la indemnización por despido en los tribunales
El Tribunal Supremo ha cerrado la vía judicial a los trabajadores que recurren la indemnización recibida tras un despido improcedente por considerarla insuficiente. La decisión … unifica el criterio frente a los fallos dispares emitidos en los últimos años por distintos juzgados, tras la ratificación por parte de España, en 2021, de la Carta Social…
El Tribunal Supremo ha cerrado la vía judicial a los trabajadores que recurren la indemnización recibida tras un despido improcedente por considerarla insuficiente. La decisión … unifica el criterio frente a los fallos dispares emitidos en los últimos años por distintos juzgados, tras la ratificación por parte de España, en 2021, de la Carta Social Europea.
Este no es el primer pronunciamiento del alto tribunal: en diciembre del año pasado ya había rechazado compensaciones superiores a los 33 días por año trabajado con un límite de 24 mensualidades -45 días y un máximo de 42 meses para los periodos previos a la reforma laboral de 2012-. En aquella ocasión, aclaró que no había tenido en cuenta la Carta Social Europea. Ahora, con ese marco legal plenamente en vigor, reitera su negativa a ampliar las indemnizaciones en función de las circunstancias particulares del trabajador, tales como la edad, la situación familiar, etc.
La Sala de lo Social argumenta que ni el Convenio de la OIT ni la Carta Social Europea obligan a establecer cuantías más elevadas, ya que ambos textos solo exigen que la compensación sea «adecuada». En una nota de prensa -a la espera de que se publique la sentencia completa, que incluirá votos particulares- el Supremo sostiene que se trata de tratados no directamente vinculantes, sino de declaraciones de principios, y señala que cualquier cambio debe impulsarlo el legislador: «La virtualidad concreta exigiría una intervención legislativa».

La resolución tiene su origen en el caso de un trabajador en Cataluña, despedido disciplinariamente en 2022 tras siete meses de empleo. Un juzgado de Barcelona declaró improcedente el cese e incluyó en la indemnización una cantidad adicional por perjuicios, más allá de lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores. Meses más tarde, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña anuló ese importe al considerar que no se habían detallado los daños con suficiente precisión y que el hecho de que la prestación por desempleo sea inferior al salario no constituye un supuesto excepcional.
Con esta decisión, el Supremo contradice el criterio del Comité Europeo de Derechos Sociales, órgano del Consejo de Europa encargado de interpretar la Carta Social Europea, que en dos recientes pronunciamientos -tras sendas denuncias presentadas por CC OO y UGT- ha considerado que los topes de indemnización fijados por la legislación española son demasiado bajos.
Incluso en su resolución más reciente el comité incluso plantea que los tribunales nacionales deberían poder ordenar la readmisión del trabajador en ciertos casos, posibilidad que hoy no contempla la normativa.
En manos del Gobierno
Tras esta decisión, el Supremo deja en manos del Gobierno la modificación legal para aumentar la cuantía del despido. Sin embargo, está encallada en el seno del Ejecutivo. El Ministerio de Trabajo, dirigido por Yolanda Díaz (Sumar), ha anunciado que abrirá una mesa de diálogo social para abordar la cuestión. En redes sociales, Díaz criticó duramente al Supremo: «Va en contra de los derechos laborales y del artículo 96 de la Constitución». También se reafirmó y aseguró que su compromiso con reformar el despido «sigue intacto». El Ministerio de Economía, sin embargo, sostiene que en esta materia «ya se cumple con lo acordado».
Los sindicatos consideran que el fallo respalda los planteamientos de la parte empresarial. A su juicio, «responde a una lógica puramente empresarial, que desconoce el desequilibrio estructural de poder en las relaciones laborales y legitima un modelo de despido libre, barato e injusto».
Por su parte, la patronal se muestra contraria a reabrir el debate. «Lo que plantea Europa es una reclamación que está ahí, pero que es lo que es», afirmó Antonio Garamendi, presidente de la CEOE. «Desde hace más de un año muchos pronunciamientos se estaban amparando en una norma que Europa no exige y que estaba generando una gran inseguridad jurídica», añadió.
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