La ayuda del SEPE de 480 euros al mes que es compatible con un empleo

La ayuda del SEPE de 480 euros al mes que es compatible con un empleo

Lunes, 17 de noviembre 2025, 01:28 El Servicio Estatal de Empleo Público (SEPE) permite a los desempleados cobrar el paro o subsidio por desempleo mientras tienen un trabajo por cuenta ajena. Esto se conoce como Complemento de Apoyo al Empleo y aplica a las prestaciones concedidas a partir del 1 de abril, cuando entró en…


Lunes, 17 de noviembre 2025, 01:28

El Servicio Estatal de Empleo Público (SEPE) permite a los desempleados cobrar el paro o subsidio por desempleo mientras tienen un trabajo por cuenta ajena. Esto se conoce como Complemento de Apoyo al Empleo y aplica a las prestaciones concedidas a partir del 1 de abril, cuando entró en vigor este aspecto de la reforma asistencial del organismo. Antes sólo se podía recibir la prestación por desempleo con un trabajo si era a tiempo parcial. Ahora puede extenderse a un empleo a jornada completa, pero con ciertas condiciones.

En primer lugar, el salario bruto mensual no puede superar los 2.225 euros ya que es el equivalente al 375% del IPREM. Es decir, el bruto anual no puede superar los 31.500 euros anuales desgranados en 14 pagas. Por otro lado, las normas no son las mismas si cobramos el paro o el subsidio por desempleo.

En el caso del primero, el Real Decreto fija en nueve los meses mínimos de paro devengado para compaginarlo con un empleo por cuenta ajena, sea a media jornada o jornada completa. Además, el derecho reconocido de la prestación debe ser de al menos 14 meses. Cabe aclarar que el trabajo por cuenta propia sigue sin poder compatibilizarse con la prestación

El Complemento de Apoyo al Empleo podrá compatibilizarse por un tope de 180 días con cada nuevo trabajo sea a tiempo completo o parcial. La cuantía será de 480 euros al mes, es decir, el 80% del IPREM. Hay que tener en cuenta que, dicha cifra, se reduce de manera progresiva hasta alcanzar un tope de 120 euros, dependiendo del mes de prestación en que se recibe para la jornada completa. En el caso de la media jornada, ese mínimo será de 90 euros. En el caso del subsidio, la cifra inicial de 480 euros se reduce en función del trimestre en el que se cobra el subsidio. El mínimo es de 30 euros.

La duración será de un máximo de 180 días en el caso del subsidio. Para el paro dependerá del momento en el que se empiece a trabajar. Si un parado que lleva diez meses registrado consigue un empleo, solo podrá cobrar un mes el complemento; si lleva 11 meses como desempleado, lo recibirá dos meses; y si está en el mes 12, durante 90 días. A partir del mes 13 en paro, ya la cuantía la recibirán durante 180 días como máximo.



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